El Grupo de Talento Humano del Servicio Geológico Colombiano, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 37 de la Ley 1437 de 2011 y demás normas concordantes; hace saber que la Coordinación del Grupo de Talento Humano del Servicio Geológico Colombiano solicitará la cancelación en el Registro Público de Carrera Administrativa ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, de los servidores relacionados en el documento anexo a esta comunicación.